La ASEGUIM considerará como actividades propias del ejercicio de la Guianza de Turismo de Montaña, las siguientes:
a) Las actividades de guianza turística especializada en el recorrido y ascenso de baja, media y alta montaña.
b) La guianza especializada en rutas de escalada de dificultad técnica de baja, media y alta montaña.
c) La docencia, asesoría supervisión y evaluación de actividades relacionadas con las áreas específicas de la Guianza de Montaña.
d) La participación en cursos de especialización y actualización y perfeccionamiento relacionado con la guianza turística de montaña.
e) El rescate organizado y especializado de visitantes extraviados y accidentados en media y alta montaña. La organización y operación de búsqueda, auxilio y evacuación, a través del Grupo de Rescate de Montana de la ASEGUIM. |